lunes, 19 de mayo de 2008

Legislación Colombiana

Resolución 020 de 1951
Reglamenta los artículos 349 y 359 del Código Sustantivo de Trabajo.
Resolución No. 02413 de mayo 22 de 1979
Reglamento de higiene y seguridad para la industria de la construcción, cuyo contenido es: Aspectos generales de la Construcción, Aspectos Médicos y Paramédicos, Habilitación Ocupacional, Organización del programa de Salud Ocupacional, Obligaciones de los trabajadores, De los Campamentos Provisionales, De las Excavaciones, De los Andamios, Medidas para disminuir altura de libre caída, Escaleras, De la Demolición y Remoción de escombros, Protección para el público aceras, Explosivos, Medidas de Seguridad, Quemaduras, Vibraciones, ruido, Maquinaria Pesada, De las Herramientas Manuales, De la Ergonomía en la Construcción, de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad, Equipos de Protección Personal Cinturones de Seguridad, Herrajes, Cascos de Seguridad, Otros Elementos de Protección Personal: Guantes para Trabajo en General, Botas de Seguridad, Primeros Auxilios, el trabajador menor en la construcción y Sanciones.
Resolución No. 02400 de mayo 22 de 1979
Normas sobre vivienda, higiene y seguridad en los establecimientos de trabajo. Dicha Resolución contiene los siguientes títulos o apartados: Disposiciones Generales, Campo de Aplicación, Obligaciones de los Patronos, Obligaciones de los Trabajadores, De los inmuebles destinados a establecimientos de trabajo, Edificios y locales, Servicios de Higiene, Servicios permanentes, De la higiene en los lugares de trabajo. Orden y limpieza, Evacuación de residuos o desechos, De los campamentos de los trabajadores, Normas generales sobre riesgos establecimientos de trabajo: De la temperatura, humedad y calefacción, De la ventilación, De la iluminación, De los ruidos y vibraciones, De las radiaciones ionizantes, Radiaciones no ionizantes: ultravioleta, infrarroja y radiofrecuencia, De la electricidad, Alterna, Continua y Estática, De las Concentraciones Máximas Permisibles, Contaminación Ambiental, De las Substancias Infecciosas y Tóxicas, De las Substancias Inflamables y Explosivas, De la ropa de trabajo - Equipos y elementos de protección, De la ropa de trabajo, De los equipos y elementos de protección, De los colores de seguridad, Código de colores, De la prevención y extinción de Incendios, De la prevención de Incendios, De la extinción de Incendios, De los explosivos, Del Manejo de los Explosivos, Del Transporte de los Explosivos, De los Locales Destinados a Polvorines, De los Barrenos y Voladuras, De las Máquinas-Equipos y Aparatos en General, De las Máquinas-Herramientas y Máquinas Industriales, De los Equipos-Tanques y Recipientes de almacenamiento, De las Tuberías y conductos, De las herramientas en general, De las Herramientas de Mano, De las Herramientas de Fuerza Motriz, Del manejo y transporte de materiales, Del Manejo y Transporte Manual de Materiales, Del Manejo y Transporte Mecánico de Materiales, De las Instalaciones Industriales Operaciones y Procesos, De los generadores de vapor, De los recipientes y tuberías sometidos a presión, De los cilindros para gases comprimidos, De los hornos y secadores, De la soldadura
eléctrica autógena y corte de metales, De los trabajos en aire comprimido, De los trabajos de pintura a presión, De la Construcción, De la Demolición y Remoción de Escombros, De las Excavaciones, De los Andamios y Escaleras, De los Túneles y Trabajos Subterráneos, De las Canteras y Trituración, Del trabajo de Mujeres y Menores, Disposiciones Finales.
Resolución 08321 de agosto 4 de 1983
Normas sobre protección y conservación de la audición, de la salud y bienestar de personas
Resolución 132 de enero 18 de 1984
Normas sobre presentación de informe de accidente de trabajo.
Resolución 02013 de Junio 6 de 1986
Reglamento para la organización y funcionamiento de los comités, de medicina, higiene y seguridad industrial en lugares de trabajo.
Resolución 01016 de marzo 31 de 1989
Reglamento de la organización, funcionamiento y forma de los programas de Salud Ocupacional.
Resolución 13824 de octubre de 1989
Medidas de protección de salud
Resolución 001792 de 3 de mayo de 1990
Valores límites permisibles para la exposición ocupacional al ruido.
Resolución 09013 de 12 de julio de 1990
Normas y procedimientos relacionados con el funcionamiento y operación de equipos de rayos X y otros emisores de radiaciones ionizantes.
Resolución 006398 de 20 de diciembre de 1991
Procedimiento en materia de salud ocupacional.
Resolución 1075 de marzo 24 de 1992
Actividades en materia de salud ocupacional.
Resolución 2284 de abril 14 de 1994
Por la cual se le delega y reglamenta la expedición de licencias de salud ocupacional para personas naturales y jurídicas, y su supervisión y vigilancia por las direcciones seccionales y locales de salud.
Resolución 003465 de octubre 5 de 1994
Integra Juntas de Calificación de Invalidez.
Resolución 3716 de noviembre de 1994
Por el cual se establece un procedimiento para la realización del examen médico preocupacional del embarazo.
Resolución 3941 de noviembre 24 de 1994
Por el cual queda prohibido la práctica de la prueba de embarazo como pre requisito para la mujer pueda acceder a un empleo.
Resolución 4050 diciembre 6 de 1994
Reglamenta el examen de ingreso.
Resolución 1602 mayo 18 de 1995
Modelos de reclamación para víctimas de eventos catastróficos.
Resolución 2328 de julia 15 de 1996
Se delega y reglamenta la expedición de licencias de salud ocupacional. Diario Oficial 42841
Resolución 3997 de octubre 30 de 1996
Establecen actividades y procedimientos para el desarrollo de las acciones de promoción y prevención en el SGSSS.
Resolución 4445 de 1996
Se dictan normas para condiciones sanitarias de establecimientos hospitalarios y similares.
Resolución 741 de marzo 14 de 1997
Se imparten instrucciones sobre seguridad personal de usuarios para instituciones y demás prestadores de servicios de salud.
Resolución 9467 de julio 26 de 1997
Se suspende parcialmente la aplicación de la Resolución 3369 de 14/03/1991 sobre envasado de agua potable.
Resolución 4252 noviembre 12 de 1997
Normas técnicas, científicas y administrativas para los requisitos esenciales.
Resolución 1830 de junio 26 de 1999
Se adopta la codificación única de especialidades en salud, ocupacionales, actividades económicas y medicamentos esenciales.
Resolución 1995 de julio 8 de 1999
Se establecen normas para el manejo de Historia Clínica.
Resolución 2387 de agosto 12 de 1999
Se oficializa la NTC 512-1, sobre rotulado industrias alimentarías.
Resolución 2569 de setiembre 1 de 1999
Proceso de calificación de eventos de salud en primera instancia.
Resolución 2569 de setiembre 1 de 1999
Se reglamenta el proceso de calificación de eventos en primera instancia, dentro del SGSSS. DO 43705.
Resolución 412 de febrero 1 del 2000
Se establecen actividades y procedimientos de demanda inducida y obligatoria
Resolución 1078 de mayo 2 del 2000
Se modifica Resolución 412/2000 sobre normas de prevención y promoción.
Resolución 1745 de junio 30 del 2000
Modifica la vigencia del artículo 20 de la Resolución 412/2000.
Resolución 2333 de setiembre 11 del 2000
Por la cual se adopta la Primera Actualización de la Clasificación Única de Procedimientos en Salud. Diario Oficial, Nº 44184.
Resolución 3384 de diciembre 29 del 2000
Por la cual se modifican parcialmente las Resoluciones 412 y 1745 de 2000 y se deroga la resolución 1078 de 2000.
Resolución 1895 de enero 19 del 2001
Se adopta la Clasificación Estadística Internacional de Enfermedades CIE 10 revisión. DO 44673.
Resolución 1592 de setiembre del 2001
Se autoriza el uso de plaguicidas.
Resolución 1192 de diciembre 20 del 2001
Se elimina la obligatoriedad de algunas normas Técnicas Colombianas Oficiales obligatorias.
Resolución 1875 del 2001
Por el cual se crea el subsistema de Información de Salud Ocupacional y Riegos profesionales.
Resolución 166 de enero 1 del 2002
Se establece el día de la salud en el mundo del trabajo. Diario oficial 44526.
Resolución 730 de julio 7 del 2002
Se prorroga la fecha de cumplimiento de codificación, de clasificación internacional de enfermedades, de la Resolución 1895/2001. DO 44845.
Resolución 890 de julio 10 del 2002
Se dictan disposiciones sobre la información de afiliación al SGSSS. Incluye Anexo técnico.
Resolución 1896 de enero 12 del 2002
Se sustituye la clasificación de procedimientos contemplada en resolución 2333/2000.

jueves, 1 de mayo de 2008

politica y objetivos de salud ocupacional en sector de construcción

POLITICA DE SALUD OCUPACIONAL EN SECTOR DE CONSTRUCCIÓN
El consorcio Mayorga – Guantiva, se compromete a ser una empresa lí­der y ejemplar en materia de Salud Ocupacional en el renglón de la construcción, mediante el esfuerzo conjunto de la gerencia directores de proyectos, ingenieros de proyecto, maestros de obra, departamento de Salud Ocupacional y todos nuestros trabajadores. Buscaremos el mejoramiento continuo y la reducción de los í­ndices de siniestralidad, mediante la aplicación de los programas de gestión preventiva a través de la inducción, capacitación e implementación de normas y procedimientos de salud ocupacional para garantizar ambientes seguros de trabajo.
Inculcaremos nuestra cultura de salud ocupacional a los subcontratistas, para el desarrollo de la gestión preventiva en cada uno de los proyectos.
Para el logro de tal fin se desarrollarán las actividades que se detallan a continuación:
• Señalización y Rotulación: Se cuenta con señalización y rotulación de seguridad en cada uno de los proyectos de construcción, como apoyo a la labor informativa y educativa en prevención de riesgos laborales.
• Capacitación y entrenamiento en seguridad y de salud ocupacional: Inducciones a todo el personal de nuevo y capacitación permanente sobre riesgos específicos, dirigidas al personal propio; y del subcontratista.
• Equipo de protección personal: Se utiliza el equipo de protección personal específico, de acuerdo a la matriz elaborada con el levantamiento del panorama de riesgos.
• Evaluaciones de Riesgo y Planificación de actividades: Se identifican los riesgos específicos presentes en cada etapa del proceso constructivo implementando las medidas preventivas y correctivas en cada caso. Adicionalmente hacemos una planificación de los procedimientos de mayor riesgo para garantizar que se ejecuten de forma segura.
• Inspecciones de seguridad: Se hacen inspecciones permanentes en cada uno de los proyectos para verificar el cumplimiento de los estándares de seguridad y salud ocupacional de la compañía. Adicionalmente se cuenta con personal capacitado, asignado exclusivamente a funciones de seguridad ocupacional en los proyectos.
• Atención de primeros auxilios y medicina laboral: En cada proyecto se cuenta con un botiquín y personal capacitado en primeros auxilios.
La empresa cuenta con un medico laboral para casos que lo ameritan.
• Investigación de accidentes laborales: Se investigan todos los accidentes ocurridos en el sitio de trabajo y se implementan las medidas correctivas para evitar la repetición de los mismos.
• Subcontratistas: Se cuenta con normas de cumplimiento obligatorio para los subcontratistas de nuestra empresa. Adicionalmente se exige el aseguramiento al sistema de riesgos profesionales y se lleva un control de vencimiento de estas pólizas.
• Reconocimientos: Anualmente la empresa premia a los ingenieros y maestros de obra, que han tenido mejor desempeño en seguridad y salud ocupacional durante todo el año.


OBJETIVOS

· Identificar los Factores de Riesgo existentes, a fin de intervenirlos oportunamente, buscando el desarrollo de trabajo seguro y mejoramiento continuo en cada proceso.
· Implementar medidas de control que mejoren las condiciones de trabajo y salud.
· Crear estándares de seguridad y vigilancia que ayuden a evitar accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

lunes, 10 de marzo de 2008

RESUMEN RESOLUCION 1016/89

RESUMEN RESOLUCION 1016 DEL 31 DE MARZO DE 1989
Todos los empleadores públicos, oficiales, privados, contratistas y subcontratistas, están obligados a organizar y garantizar Programas de Salud Ocupacional (P.S.O.), que aborden: planeación, organización, ejecución y evaluación de actividades de los subprogramas: Medicina Preventiva, Medicina del Trabajo, Higiene Industrial y Seguridad Industrial. Para preservar, mantener y mejorar la salud individual y colectiva de los trabajadores, en sus ocupaciones y deben ser desarrolladas en sus sitios de trabajo en forma integral e interdisciplinaria.
La elaboración y ejecución de los subprogramas podrán ser realizados:
- Exclusivas y propias de la empresa
- En conjunto con otras empresas (cada empresa debe desarrollar su programa específico, pero podrá compartir en conjunto recursos)
- Contratando con una entidad que preste este tipo de servicios, pero que sea reconocida por el ministerio de salud.
P.S.O. se desarrollará de acuerdo con la actividad económica de la empresa y será específico de acuerdo a los riesgos reales y potenciales y al número de trabajadores. Debe ir firmado por el representante legal y la persona encargada de desarrollarlo, incluyendo cronograma de actividades. Tanto el programa como el cronograma deben estar actualizados y disponibles para las autoridades de vigilancia y control.
Es obligación que los empleadores destinen recursos financieros y físicos para el P.S.O., y deben nombrar una persona encargada de dirigir y coordinar las actividades. Cada subprograma debe contar con personal idóneo. P.S.O. cubrirá todas las jornadas laborales y todas las sedes de trabajo para asegurar cobertura efectiva a todos los trabajadores.
Los Artículos 8 y 9 estipulan que las personas naturales o jurídicas que ofrezcan servicios de S.O. deben ser acreditados por la autoridad competente con base en la legislación vigente. Y no implica el traslado de responsabilidades de los empleadores.
Los subprogramas de Medicina Preventiva y del Trabajo buscan promover, prevenir y controlar la salud del trabajador, protegiéndolo de los riesgos ocupacionales, ubicándolo en un sitio de trabajo a acorde a sus condiciones psicofisiológicas y manteniendo la productividad en el trabajo.
Funciones:
- Realizar exámenes médicos, clínicos y paraclínicos para la admisión, ubicación según aptitud, reubicación, reingreso y retiro, que puedan ser riesgo para el trabajador.
- Desarrollar actividades de vigilancia epidemiológica a nivel de: A.T, E.P y panorama de riesgo.
- Desarrollar actividades de prevención en: E.P, A.T, educación y salud tanto para los empresarios como para los trabajadores.
- Investigar y analizar enfermedades ocurridas, determinar sus causas y medidas preventivas y correctivas necesarios.
- Estudiar y conceptuar toxicidad de materias primas y sustancias en procesos, indicando medidas para evitar efectos nocivos en los trabajadores.
- Implantar servicios de primeros auxilios
- Elabora y mantener estadísticas de morbilidad y mortalidad
- Coordinar rehabilitación y reubicación de trabajadores con incapacidad temporal y permanente parcial.
- Promover actividades de recreación y deporte.
Subprogramas de Seguridad e Higiene Industrial: Busca identificar, reconocer, evaluar y controlar factores ambientales de los lugares de trabajo.
Funciones:
- Elaborar panorama de riesgos, para localizar y evaluar
- Inspeccionar periódicamente áreas, frentes de trabajo y equipos, para identificar cualquier tipo de riesgo.
- Conceptuar sobre proyectos de obra, instalaciones industriales y equipos para conocer los riesgos generados por su cusa.
- Establecer modificaciones en los procesos como sustitución de materias primas peligrosas, encerramientos o aislamientos de procesos, para controlar la fuente de origen de los riesgos.
- Elaborar y mantener estadísticas de AT
- Conceptuar sobre especificaciones técnicas de equipos y materiales cuya manipulación, transporte y almacenamiento generen riesgos laborales
- Delimitar áreas de trabajo, zonas de almacenamiento y vías de circulación. Señalizar salidas, salidas de emergencia, zonas peligrosas.
- Desarrollar planes de emergencias:
Ø Rama Preventiva: Aplicación de normas legales y técnicas como: combustibles, equipos eléctricos, etc.
Ø Rama Pasiva o Estructural: Diseño y construcción de edificaciones y vías de salida
Ø Rama Activa o Control: Brigadas
- Controlar recolección, tratamiento, y disposición de desechos y residuos cumpliendo con medidas de saneamiento ambiental.
El P.S.O. debe mantener actualizados los listados de materiales primas y sustancias implicadas en los procesos. Agentes de riesgo por ubicación y prioridades. Relación trabajadores expuestos a agentes de riesgo. Evaluación de agentes de riesgo y sistemas de control. Relación discriminada de elementos de protección personal suministrado a los trabajadores. Recopilación de estadísticas de AT y EP. Ausentismo general por AT, EP y enfermedad común. Historia ocupacional del trabajador. Planes de emergencia y actos de simulacro.
El PSO será evaluado por la empresa mínimo cada seis meses y se ajustará cada año de acuerdo a las modificaciones de los procesos.
PREGUNTAS
1. Qué resuelve la resolución 1016/89?
Todo empleador debe desarrollar PSO. Y velar por la salud de sus trabajadores.
2. Cómo está constituido el P.S.O. de la empresa?
Por los subprogramas de: Medicina preventiva, medicina del trabajo, Higiene -Seguridad Industrial y Comité de Medicina, higiene y seguridad industrial.
3. La elaboración de un P.S.O. podrá realizarse en conjunto con otras empresas?
Verdadero.
4. El P.S.O. deberá estar respaldado por la firma de:
Representante Legal y persona encargada de desarrollarlo.
5. Dos funciones de los subprogramas de Medicina preventiva y del trabajo:
Ø Realizar exámenes médicos, clínicos y paraclínicos para admisión, ubicación o reubicación de los trabajadores.
Ø Investigar y analizar enfermedades ocurridas , determinando causas y estableciendo medidas correctivas.
6. Dos funciones del subprograma de Seguridad e Higiene Industrial:
Ø Elaborar panorama de riesgos
Ø Investigar y analizar causas de accidentes de trabajo, aplicando medidas correctivas
7. Cuál es la rama en seguridad e higiene industrial que conforma y organiza las brigadas?
La rama Activa o control de emergencias
8. Un criterio para la evaluación de los P.S.O. por parte de las entidades de vigilancia y control es:
Los índices de frecuencia y severidad de A.T.
9. La empresa deberá evaluar internamente su PSO mínimo cada:
Seis Meses
10. El PSO. Deberá tener en cuenta los riesgos potenciales de la empresa?
Verdadero.

VOCABULARIO EN INGLES

· Risk: Riesgo
· Labouring: Trabajador
· Occupational Health: Salud Ocupacional
· Prevention: Prevención
· Brigade: Brigada





CARMEN HELENA MAYORGA NIÑO
MARZO 10/08

Resumen Conceptos Básicos de Seguridad Social

CONCEPTOS BASICOS DE SEGURIDAD SOCIAL

La seguridad social es la consecuencia de un sin número de actos inseguros que ha tenido que afrontar el hombre a lo largo de su existencia: terremotos, rayos, inundaciones, incendios, sequías, caídas, ataques de animales etc. Actos que conllevan a que el ser humano se vuelva sedentario y aprenda a guardar provisiones y a protegerse del medio en que vive, a fin de prevenir enfermedades y obtener un ahorro (de acuerdo a la época), para subsistir en la vejez.

La seguridad social a través de los tiempos se fue desarrollando con el firme y único propósito de proteger a la población trabajadora en el momento del desarrollo de sus tareas diarias como en su vida personal y futura.

Se buscaron muchas formas hasta encontrar la más adecuada que diera cobertura al trabajador en los dos ámbitos que se desarrollaba, su trabajo y su familia, así como proteger su futuro económico al dejar de trabajar.

En colombia las primeras instancias para este se dieron a través del código sustantivo del trabajo, pero con el tiempo se vio la necesidad de modificar estos procesos de salud y pensión, ya que los entes estatales creados para tal fin no suplían todas las necesidades de la población trabajadora.

Fue por esta razón que para el año de 1993 el congreso aprobó la llamada ley de la seguridad social, la ley 100 de 1993, que trajo grandes reformas para el país en el sistema general, permitiendo el ingreso de la empresa privada para la administración de la salud, pensión y los riesgos profesionales.

Con la expedición de la Ley 100 de 1993 y sus decretos reglamentarios, se crearon las Empresas Promotoras de Salud EPS, las Administradoras de Pensión AFP y las Administradoras de Riesgos Profesionales ARP.
Toda persona que tenga vínculo laboral, debe estar afiliado en salud a una EPS, en Pensión a una AFP y tener cubrimiento de una ARP.
Todos y cada uno de estos sistemas, fueron siendo reglamentados año tras años hasta llegar al momento en el que nos encontramos, procurando dar cobertura no solo a la población trabajadora, sino a su familia.